30 abr 2009

DEFINICIÓN DEL ABUSO SEXUAL INFANTIL (ASI)

¿Qué es el abuso sexual infantil?


El abuso sexual es una de las manifestaciones más graves del maltrato ejercido hacia la infancia y ocurre cuando un adulto utiliza la seducción, el chantaje, las amenazas o la manipulación psicológica para involucrar a un niño o niña en actividades sexuales de cualquier índole.
Debe ser calificada de abusiva cualquier conducta sexual en la que exista coerción (amenza de utilizar la violencia, no sólo física, con el objetivo de condicionar el comportamiento de los individuos) o una gran diferencia de edad (o bien ambas cosas a la vez) entre un menor y cualquier otra persona. De hecho, la coerción sobre el menor debe ser considerada, por sí misma, suficiente para que una conducta constituya abuso sexual, independientemente de la edad del agresor.
"Se considera como abuso toda participación de un niño o adolescente en actividades sexuales que no está en condiciones de comprender, que son inapropiadas para su edad y para su desarrollo psicosexual, forzadas, con violencia o seducción o que transgrede los tabúes sociales." (Ministerio de Salud, 1998).
Así, si un menor de edad obliga a otro menor a mantener una actividad sexual, está abusando de él. En los casos de abusos entre menores, el agresor suele ser mayor que la víctima y acostumbra a aprovecharse de una posición de fuerza física o control sobre ella. Se ha podido comprobar que, en algunas sociedades, el 20% de las violaciones las realizan menores de edad.


¿Hasta qué edad se considera abuso sexual?
El abuso sexual por definición tiene que ver con el poder y existe en la medida en que hay poder relacionado con la dependencia. Mientras más edad tenga la víctima, mayores posibilidades existen de abrir el tema. Y en ese sentido, es importante terminar con el mito de que mientras sea niñita es abuso, pero cuando es adolescente lo hace porque se acostumbró a tener relaciones sexuales. El abuso sexual es el mismo, aunque se tenga 6, 14 ó 18 años, incluso la mayoría de edad, ya que lo que indica abuso es el poder que tenga el abusador y puede incluir o no penetración.
La diferencia de edad entre el menor y quien le utiliza sexualmente también nos obliga a hablar de abuso. Entre dos personas de edades muy distintas, que no comparten las mismas experiencias, ni el mismo grado de madurez biológica, ni las mismas expectativas, no puede existir jamás una relación sexual de igualdad. El menor es incapaz de decidir libremente su participación en una actividad sexual que, dado su carácter, ni siquiera podría imaginar por sí solo. Para los niños, el hecho de que les pidan mantener relaciones de naturaleza sexual, o les obliguen a realizarlas, siempre constituye una terrible sorpresa.
¿Qué conductas se consideran abuso sexual?


El término abuso sexual designa el uso abusivo e injusto de la sexualidad. Refleja la idea de que no existe relación sexual apropiada entre un niño y un adulto, atribuyendo la responsabilidad de este tipo de acto exclusivamente al adulto. El acto sexual no sólo se reduce al aspecto genital, sino que recoge todo acto o gesto por el cual un adulto obtiene gratificación sexual.
En cuanto a la diversidad de conductas sexuales implicadas en los abusos, podríamos decir que se produce abuso sexual en los siguientes casos:


En formas de contacto físico como...
  • Penetrar ano o vagina con cualquier objeto, los dedos o el pene.
  • Exhibir los órganos sexuales al menor de una manera inapropiada.
  • Tocar o acariciar los genitales del menor.
  • Forzar al menor a masturbar al adulto.
  • Hacer que el niño mantenga conductas sexuales con personas de su mismo sexo.
  • Pedir al niño que estimule oralmente los genitales del adulto.
  • Obligar al niño a que se involucre en contactos sexuales con los animales.
  • Obligar a los niños a ver actividades sexuales de otras personas o escenas pornográficas.
En manifestaciones de explotación sexual como...
  • Implicar al menor en conductas o actividades que tengan que ver con la producción de pornografía.
  • Promover la prostitución infantil.
Hay que tener en cuenta que lo más corriente es que durante un abuso se produzcan a la vez varias de las conductas expuestas en las listas anteriores.
¿Cómo se categoriza el abuso sexual infantil?
El abuso sexual infantil se podría expresar en cuatro tipos de categorías:
1. Incesto: Si el contacto físico sexual se realiza por parte de una persona de consanguineidad lineal o por un hermano, tío o sobrino. También se incluye el caso en que el adulto está cubriendo de manera estable el papel de los padres.
2. Violación: Cuando la persona adulta es otra cualquiera no señalada en el apartado anterior.
3. Vejación sexual: Cuando el contacto sexual se realiza por el tocamiento intencionado de zonas erógenas del niño o para forzar, alentar o permitir que éste lo haga en las mismas zonas del adulto.
4. Abuso sexual sin contacto físico: Se incluirán los casos de seducción verbal explícita de un niño, la exposición de los órganos exuales con el objeto de gratificación o excitación sexual con ello y la automasturbación en presencia del niño con el objeto de buscar gratificación sexual.


Fuente:
López Sánchez, Félix. La inocencia rota. Editorial Océano, 1999

27 abr 2009

YO ME PERDONO

Desde hoy, y durante varias semanas, paulatinamente iré publicando entradas que han quedado desde ya programadas. Será información completa sobre ASI (abusos sexuales infantiles) sólamente. Es una recopilación de información durante muchos meses, que por terminar de pulir, por la cercanía de este tema, la gravedad del mismo, en fín, un montón de escusas creo, las he ido guardando en un borrador sin dejarlas que vean la luz. Pero ahora llegó el momento de hacérosla llegar.
Se hablará de los efectos que el ASI provoca en el día a día de los niños abusados, de sus derechos, tanto cuando son niños, como cuando crecen, entradas que quizás den una pequeña respuesta de por lo que están pasando todas las personar que fueron obligados a pasar por este trance.

Esta primera entrada es mi preferida, la guardo como paño en oro, para que en momentos de flaqueza, volverla a abrir y dejar que me reconforte. Las sucesivas hablarán específicamente sobre el ASI


El dejarlas programadas no es más que por que no podré atender el blog en una temporada, por lo que me resultará dificil además, poder visitarles .

Basileia/Susana




Con respecto al abuso que sufrí durante mi infancia y a mi agresor me perdono...
  • por culparme a mí misma,
  • por sentir que merecía ser maltratada,
  • por no haber gritado y tragado mis lágrimas,
  • por haber buscado afecto donde no me correspondía,
  • por haber permitido que mi cuerpo respondiera a sus caricias,
  • por haber sido una niña,
  • por no darme cuenta de que era una abuso,
  • por restarle importancia porque no fui físicamente maltratada,
  • por no haberlo llamado una "violación" antes,
  • por haber sido manipulada,
  • por no decir "no",
  • por haberlo querido,
  • por haber confiado en él,
  • por aún no ser capaz de perdonarlo,
  • por haberle dado demasiadas oportunidades,
  • por sentir compasión por alguien que me hirió,
  • por mi cinismo al sonreírle cuando lo veía,
  • por tener miedo,
  • por ser ingenua,
  • por sentirme débil,
  • por ser vulnerable,
  • por no hacerme respetar,
  • por ser demasiado sensible,
  • por la tortura a la que me sometí,
  • por avergonzarme de los sucedido.

Con respecto a mí misma y mis sentimientos me perdono...
  • por ser humana,
  • por haber nacido mujer,
  • por no haber nacido perfecta,
  • por enojarme conmigo misma cuando no encuentro palabras para describir mis emociones,
  • por odiar mi cuerpo,
  • por todas las veces en que he tratado de herirme y causarme daño,
  • por todas las veces que he logrado mi objetivo,
  • por considerarme defectuosa durante todos estos años,
  • por tener demasiadas expectativas de mí misma,
  • por tratar a mi cuerpo como a un traidor,
  • por tomar decisiones que me han destruido,
  • por usar mi pasado como una forma de autocastigarme,
  • por considerar que no merezco vivir y querer morir,
  • por tener pensamientos negativos,
  • por mi baja autoestima,
  • por sentirme indigna,
  • por sentirme sucia,
  • por sentir lástima de mí misma,
  • por no protegerme,
  • por no cuidarme,
  • por no sentirme digna de ser amada,


Con respecto a mis relaciones con los demás me perdono...
  • por haber alejado a tantas personas que han tratado de conocerme, ayudarme, quererme,
  • por la coraza que he construido a mi alrededor,
  • por sentir la necesidad de estar sola,
  • por sentirme sola,
  • por perder mis amistades,
  • por aislarme y no buscar ayuda cuando lo necesito,
  • por no respetar los límites de los demás,
  • por dejar que los demás no respeten mis propios límites,
  • por siempre anteponer los demás a mí misma y mis deseos,
  • por esforzarme tanto para satisfacer a los demás,
  • por decepcionar a las personas,
  • por no hablar de mis necesidades,
  • por dejar que otros se aprovechen de mí,
  • por dejar que otros definieran quién soy,
  • por no ser capaz de confiar en los demás,
  • por las veces en que me he permitido depender de alguien más que yo misma,
  • por sentir envidia de las personas que tienen una vida "normal",
  • por el resentimiento que le tengo a mi familia y a mis padres,
  • por sentir que no merezco estar con ningún hombre,
  • por no amarlo lo suficiente.
  • por las veces en que pienso que merezco ser maltratada,
  • por no ser capaz de confiar en mí misma.

Con respecto al silencio durante todos estos años me perdono...
  • por habérmelo permitido,
  • por no haber hablado,
  • por las mentiras,
  • por guardar tantos secretos,
  • por haber reprimido y negado los recuerdos por todos estos años,
  • por temer expresar mis emociones y el dolor que sigo sintiendo,
  • por no ser capaz de recordar todo lo sucedido,
  • por sí recordar todo lo que recuerdo,
  • por morderme la lengua cuando quiero gritarle al mundo que soy yo la inocente.

Con respecto a mi sanación y a la terapia me perdono...
  • por tener miedo de sanar,
  • por sentir que no merezco sanar,
  • por todo lo que aún no soy capaz de enfrentar,
  • por permitir que esto me afecte después de 16 años,
  • por no siempre tener las respuestas a todas mis preguntas,
  • por resistirme y tener miedo a enfrentar el dolor,
  • por haber tardado tanto para entrar a terapia,
  • por no ser capaz de superar esto sola y necesitar psicoterapia,
  • por las veces en que he errado,
  • por tratar de buscar seguridad a cualquier precio,
  • por los mecanismos de defensa que he usado,
  • por tratar de ponerle fin a mi sufrimiento,
  • por las noches sin dormir,
  • por no entender mi dolor,
  • por darme por vencida,
  • por estar confundida,
  • por estar deprimida,
  • por sentir rabia,
  • por esconderme.
Pero por sobre todo me perdono por aún no ser capaz de lograr hacer verdaderas muchas de estas afirmaciones.



Dedicada a todas esas personas que se han sentido
identificadas mientras lo leía, en especial a M.J.,
una gran mujer, una gran luchadora
,
que junto a sus lobos, jamás se rendirá.


23 abr 2009

DERECHOS DE MUJERES EXTRANJERAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMESTICA


Estos derechos son universales, en el sentido de que todas las mujeres que hayan sufrido algún acto de violencia de género tienen garantizados los mismos, con independencia de su origen, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


Los derechos de las mujeres extranjeras
víctimas de la violencia de género



La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (B.O.E. núm. 313 de 29 de diciembre de 2004) consagra y garantiza, a las mujeres que son o han sido víctimas de violencia de género una serie de derechos, con la finalidad de que las mismas puedan poner fin a la relación violenta y recuperar su proyecto de vida.




¿Qué derechos tienen las mujeres
víctimas
de violencia de género?


La Ley Orgánica 1/2004 (en adelante, Ley integral) reconoce todo un catálogo de derechos a las mujeres víctimas de violencia de género:
  • Derecho a la información, a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica gratuita.
  • Derechos laborales y prestaciones de la Seguridad Social.
  • Derechos económicos.
El derecho a la información.

Comprende el derecho a recibir información y asesoramiento sobre las siguientes materias:
  • Las medidas que la propia Ley prevé con la finalidad de dar protección de las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Los derechos y ayudas que la Ley reconoce a favor de las mismas.
  • Los recursos de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral y la forma de acceso a los mismos.

El derecho a la asistencia social integral.

Para hacer real su derecho a la integridad física y moral, las mujeres víctimas de violencia de género, y sus hijos e hijas menores, tienen derecho a servicios sociales de:
  • atención
  • emergencia
  • apoyo y acogida
  • recuperación integral.
A través de los mismos, se hace posible que las mujeres:
  • reciban asesoramiento sobre las actuaciones que pueden emprender y sus derechos,
  • conozcan los servicios a los que pueden dirigirse para recabar asistencia material, médica, psicológica y social,
  • accedan a los diferentes recursos de alojamiento (emergencia, acogida temporal, centros tutelados, etc)
  • recuperen su salud física y/o psicológica,
  • logren su formación, inserción o reinserción laboral, reciban apoyo psicosocial a lo largo de todo el itinerario de recuperación.
El derecho a la asistencia social integral se reconoce, también, a los y las menores que viven en estos entornos familiares.

El derecho a la asistencia jurídica inmediata.
El derecho a la asistencia jurídica gratuita.

La Ley Orgánica 1/2004 reconoce, a todas las mujeres víctimas de violencia de género la asistencia jurídica inmediata en todos los procedimientos relacionados con su situación, incluso para formular una denuncia.
La designación de abogado/a se realiza inmediatamente pero si no se solicita el derecho a la asistencia jurídica gratuita o finalmente es denegado, la víctima deberá abonar los honorarios devengados por la intervención del abogado/a y procurador/a.
Para el derecho a la asistencia jurídica gratuita, debe acreditarse que los ingresos económicos, computados anualmente y por unidad familiar (excluidos los del agresor), no superan el doble del Indicador Público de Renta a efectos Múltiples (IPREM) o, con carácter excepcional, cuando no excedan del cuádruple del IPREM, en atención a sus circunstancias familiares, obligaciones económicas y coste del proceso.
Además, el derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes
prestaciones:
  • Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso.
  • Inserción gratuita de anuncios o edictos en periódicos oficiales.
  • Exención del pago de depósitos necesarios para interponer recursos.
  • Asistencia pericial gratuita.
  • Obtención gratuita o reducción del 80% de los derechos arancelarios de los documentos notariales.
Derechos laborales y de Seguridad Social



Para ejercer estos derechos, las trabajadoras deben acreditar la situación de violencia de género, bien mediante la Sentencia por la que se condene al agresor, la orden de protección o, excepcionalmente y hasta tanto se dicte la orden de protección, mediante Informe del Ministerio Fiscal, que indique la existencia de indicios de que la mujer es víctima de violencia de género.



Derechos de las trabajadoras por cuenta ajena:

  • Derecho a la reducción de la jornada laboral, que conlleva una reducción del salario en la misma proporción. Se puede suscribir un convenio especial con la seguridad social para mantener las mismas bases de cotización y que no se vean afectadas las futuras prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común o accidente no laboral.
  • Derecho a la reordenación del tiempo de trabajo.
  • Derecho preferente al cambio de centro con reserva del puesto de trabajo durante los primeros 6 meses.
  • Derecho a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo. La duración inicial es de seis meses, que el/la Juez/a podrá prorrogar por períodos de tres meses y hasta un máximo de dieciocho. Con derecho a la prestación por desempleo si cumple los requisitos generales. El periodo de suspensión es considerado de cotización efectiva para las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y desempleo; y se mantiene el derecho a la asistencia sanitaria.
  • Derecho a la extinción del contrato de trabajo con derecho a la prestación por desempleo si cumple los requisitos generales.
  • El despido es nulo si se produce con ocasión del ejercicio por parte de la trabajadora víctima de violencia de género de los derechos anteriormente citados.
  • No tienen la consideración de faltas de asistencia al trabajo las motivadas por la situación física o psicológica de la trabajadora a consecuencia de la violencia de género. Deberá acreditarse por los servicios sociales de atención o los servicios de salud.
Derechos de las trabajadoras por cuenta propia:




Las trabajadoras por cuenta propia víctimas de violencia de género, que tengan que cesar en su actividad para hacer efectiva su protección, no estarán obligadas a cotizar durante un período de seis meses, que serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social. Además, su situación será considerada como asimilada a la de alta y se mantiene el derecho a la prestación de asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Derechos económicos.


Ayuda económica específica para mujeres víctimas de violencia de género, con especial dificultad para obtener un empleo.

Es una ayuda económica que establece la Ley Orgánica 1/2004 para las mujeres víctimas de violencia de género, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  • Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Tener especiales dificultades para obtener un empleo (edad, falta de preparación o circunstancias sociales).
  • Acreditar la condición de víctima de violencia de género (sentencia definitiva por la que se condena al agresor, Orden de protección dictada a su favor o, excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal).
La Renta Activa de Inserción (RAI)


Programa consistente en una ayuda económica que se acompaña de actuaciones encaminadas a incrementar las oportunidades de inserción en el mercado de trabajo.
Para ser incluidas en el Programa las mujeres víctima de violencia de género deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Acreditar su condición de víctima de violencia de género, como anteriormente se ha señalado o también con la certificación de los servicios sociales de la Administración Autonómica, del Ayuntamiento, o del Centro de Acogida indicando su situación
  • Ser demandante de empleo.
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo, o a la renta agraria.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
La incorporación al Programa de Renta Activa de Inserción se realiza a través de
la Oficina de Empleo.

Ayuda para cambio de residencia
de víctimas de violencia de género.



Las mujeres víctimas de la violencia de género, que sean beneficiarias de la Renta Activa de Inserción y que se hayan visto obligadas a cambiar su residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión al Programa de RAI, o durante su permanencia en éste, podrán percibir, en un pago único, una ayuda suplementaria equivalente a tres meses de la cuantía de la renta activa de inserción, sin que ello minore la duración de dicha renta. Esta ayuda se podrá percibir una sola vez por cada derecho a la admisión al Programa de renta activa de inserción.


Prioridad en el acceso a viviendas protegidas
y residencias públicas para mayores.


El Plan Estatal de vivienda 2005-2008 incluye a las mujeres víctimas de violencia de género como colectivo prioritario para el acceso a viviendas protegidas y a las ayudas financieras para su adquisición. También la condición de víctima de violencia de género es una circunstancia que será tenida en cuenta para la concesión de una plaza en una Residencia pública para mayores.



Otros derechos de las víctimas de violencia de genero


Derecho a formular denuncia


Las mujeres tienen derecho a denunciar las situaciones de violencia de género sufridas. La denuncia puede presentarse en la Comisaría de Policía (nacional, autonómica, local), Cuartel de la Guardia Civil, en el Juzgado de Instrucción o ante el Fiscal.
La denuncia da lugar a que se inicie un procedimiento judicial ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer (para investigar los hechos y, en su caso, sancionar penalmente a los culpables).

Derecho a solicitar una Orden de protección


La Orden de protección es una resolución judicial, en la que el Juzgado reconoce la existencia de una situación objetiva de riesgo para la víctima y ordena su protección durante la tramitación del procedimiento penal, y da lugar al reconocimiento de los derechos económicos y sociales que reconoce la Ley integral.
Las medidas de protección que la autoridad judicial puede acordar a favor de la mujer víctima de violencia de género y, en su caso, de sus hijos e hijas, pueden ser de carácter penal :
  • Desalojo del agresor del domicilio familiar.
  • Prohibición de residir en determinada población.
  • Prohibición de que el agresor se aproxime a la víctima y/o a sus familiares u otras personas a la distancia que el Juez determine.
  • Prohibición de que el agresor se comunique con la víctima y/o con sus familiares u otras personas por cualquier medio: carta, teléfono, etc.
  • Prohibición al agresor de acercarse a determinados lugares: centro de trabajo de la víctima, centros escolares de los hijos/as, etc..
  • Omisión de datos relativos al domicilio de la víctima.
  • Protección judicial de la víctima en las oficinas judiciales.
  • Incautación de armas y prohibición de tenencia.
De carácter civil:
  • El uso y disfrute de la vivienda, el mobiliario y el ajuar familiar.
  • La atribución de la guarda y custodia de sus hijos/as menores.
  • La suspensión del ejercicio de la patria potestad
  • La suspensión del régimen de comunicaciones, visitas y estancias del padre con los hijos/as o la forma en que éste debe llevarse a cabo, por ejemplo, a través de un Punto de encuentro.
  • La fijación de una prestación de alimentos.
  • Cualquier otra medida que sea necesaria para apartar a los/las menores de un peligro o evitarles perjuicios.
Derecho a ser parte en el procedimiento penal:
el ofrecimiento de acciones.


Se realiza a través de su personación en las actuaciones penales como “acusación particular”; para ello, deben nombrar un abogado/a en defensa de sus intereses y un procurador/a para su representación.

Derecho a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado.


Derecho a recibir información sobre las actuaciones judiciales.


Derecho a la protección de la dignidad e intimidad de la víctima en el marco de los procedimientos relacionados con la violencia de género.


Derecho a acceder a las ayudas económicas previstas para las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.


Derecho a autorización de residencia temporal por razones humanitarias.

Derecho a la escolarización inmediata de los hijos e hijas en caso de cambio de residencia por causa de violencia de género.


Derechos específicos de las mujeres extranjeras:


  • Si son titulares de una autorización de residencia por “reagrupación familiar” vinculado al permiso de residencia de su cónyuge agresor, podrán solicitar y obtener una autorización de residencia temporal independiente, una vez dictada a su favor una Orden de protección.
  • Si se encuentran irregularmente en territorio nacional, y siempre que haya recaído sentencia por la comisión de un delito de violencia de género en la que se acredite su condición de víctimas, se les podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones humanitarias. Además, podrán presentar la solicitud de dicha autorización de residencia desde el momento en que se hubiera dictado a su favor una orden judicial de protección, dejándose, en su caso, en suspenso, el procedimiento administrativo sancionador que pudiera estarse tramitando en relación con dicha situación irregular.
  • Podrán obtener la condición de refugiada las mujeres extranjeras que huyan de su país de origen debido a un temor fundado a sufrir persecución por motivos de género.
  • Las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que no tengan autorización de trabajo y se encuentren legalmente en España, pueden ser informadas en la Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo que les corresponda, sobre sus derechos para inscribirse como demandantes de empleo y tener acceso a las acciones de formación y de intermediación laboral, así como a la Renta Activa de Inserción.
Teléfonos de información:
Ámbito estatal: 016
Personas con discapacidad
auditiva: 900 116 016
Andalucía. 900 200 999
Aragón: 900 504 405
Asturias: 112
Baleares: 112
Canarias:900 506 968
Cantabria: 942 214 141
Castilla y León: 900 333 888
Castilla-La Mancha: 900 100 114
Cataluña: 900 900 120
Ceuta: 900 700 099
Extremadura: 112
Galicia 900 400 273
La Rioja: 900 711 010
Madrid : 012
Melilla: 952 699 214
Murcia: 968 357 244 / 620
Navarra: 948 206 604
País Vasco: 900 840 111
Valencia: 900 580 888

Fuente recogida desde el Ministerio de la Igualdad
Más información:
http://www.migualdad.es/violencia-mujer/GuiaDchos/castellano.pdf


A la primera señal de malos tratos llama



A la primera señal de malos tratos llama

21 abr 2009

EL SILENCIO ME MATÓ


Me quedé la última del entierro y mientras salía observaba las fronteras del cementerio. Estaba
torpe, me faltaba un poco de luz. Entre el tiempo de uno de los pasos, perdida entre las mohosas paredes he visto descansando un sombrero de paja... adormecido sobre un suelo estampado de agujas secas de pino, escamas de cipreses y algunas hormigas nerviosas. Parecía un sombrero de los que no existen en las universidades, de los que se utilizan para romper los terrazos del campo. Me daba recelo levantarlo, bueno, la verdad es que me da miedo levantar todo lo que se esconde tras las tejas estrelladas de los cementerios. No obstante entre esas cascadas de sombras me fui
acercando al sombrero, estaba boca abajo como si lo hubiese lanzado un torero. Su aspecto era de lo más simple, unas cuantas ramas espigadas de paja entrelazadas pero obviamente era algo mas, tendría una historia, un pasado quizás un futuro.
Lo levanté y os confieso que se me rompieron todas las intuiciones. Escondía unas flores de lilas y unas flores de geranios ¡mis flores preferidas! y un recorte de diario con una fotografía mía. ¡Que raro! De repente me di cuenta que las puertas metálicas del cementerio estaban cerradas, pero… ¡No tenía miedo! ¡El candado, los muros, los peldaños de las escaleras para escapar se habían borrado! ¡como si fuesen un dibujo de lápiz!
No había nadie pero estaba acompañada. Hay flores, hay charcos, hay gente allí que me mira y me saluda, hay... gente que…
-¿Que esta pasando? ¿estoy, estoy….muerta ? ¡ Mi foto y mi nombre está, está… ¡está en esa
una tumba tan llena de flores ! Y…. por cierto ¡ de donde vengo también vestida ¡
- ¿Y mis niños? ¿donde están sus sandalias? ¿y su sonrisas? ¿y sus lagrimas? ¿donde están….. donde están ellos? ¡no podrá dormir Elena….! ¡ella necesita tocarme el pelo !
- Ah…pero... ¿que pondrá mi foto en el diario?

“JOVEN ASESINADA POR SU MARIDO


¡Ahora sé que estoy muerta, ahora sé que el silencio me ha matado! ahora sé que mi verdugo se ha salido con la suya….. ¡ahora sé que……que ese sombrero era el de mi padre!
En ese instante alguien me tocó la espalda. Sí, era mi padre, más guapo que nunca, más limpio que nunca, más…..
-Pero…..
-Si, nunca quisiste denunciarlo, nunca quisiste poner voz a sus golpes, nunca quisiste…. Y eso te
ha matado
-Y tu papa…..
-¡Él después de matarte se ahorcó……! Y yo…… he tenido que hacer lo mismo… tan solo pensar
que él podría estar aquí junto a tí, tan solo pensar que tú podrías llevar la vida de antes me ha, me ha….. No podía otra vez volver a dejarte sola, no podíamos volver a dejarte sola
-Y él donde ésta papa
-Él no está, aquellos que están a lo lejos ¡si allí esta tu abuela! ¡Y la tia Remedios! ¡Y…! aquellos que pronto nos acompañarán hasta el pasillo de luz me han dicho que él ésta donde debió estar siempre, en un lugar donde no existen las historias.
-Y la mama, y mis niños……
-Tranquila, ellos están y estarán bien. Tus hijos no pueden estar peor que antes. Empieza a andar y dame la mano. Los niños, tu madre… todos saben que estoy aquí por tí, que todos estamos haciendo éste sacrificio por tí.

A la primera señal de malos tratos llama


A la primera señal de malos tratos llama

17 abr 2009

EL REGRESO A LA VIDA

"SI NO HUBIESE HECHO LO QUE HICE,
ESA MUJER NO ESTARÍA VIVA,
LA HUBIESE MATADO ALLÍ MISMO."


Con estas palabras y tras 8 meses hospitalizado,
por fín, Jesus Neira,
abandonó el hospital.


Bienvenido.



Es el rostro que define la dignidad humana en su más alto concepto,
elevándolo hasta el trono de las personas que se han ganado mi
respeto y admiración
llevando el corazón por delante.

Un hombre cabal, honesto, pacífico....
Quiso defender a una mujer maltratada y acabó en coma
por los golpes que le
propinó el agresor,
hijo problemático de un millonario
(dueño de las tiendas Aurgi)

y adicto a la cocaína.

La mujer a la que el profesor Neira defendió, no le dio ni las gracias.
Ella tuvo un ex-novio, policía, que también la maltrataba.

A él sí lo denunció.




VIDEO DE LA AGRESIÓN





Tras haber permanecido ocho meses hospitalizado,
en concreto 256 días, y coincidiendo con su 56 cumpleaños,
el profesor Jesús Neira abandonó ayer al fin
el hospital de Majadahonda,
donde se ha venido recuperando de la brutal paliza.

Han sido ocho meses de cierto miedo para la familia
porque Neira ha estado al borde de la muerte durante demasiado tiempo;
ocho largos meses de sinsabores para el entorno de Neira
tras asistir atónitos al grotesco espectáculo mediático que ha venido protagonizando la mujer agredida,
Violeta Santander;
y ocho meses de agonía a los que ayer el profesor,
considerado ya un ejemplo de civismo
y un icono en la lucha contra la violencia en el ámbito doméstico,
puso fin viendo la luz de la calle y soplando las velas
de un nuevo cumpleaños.
El que de nuevo le ha permitido nacer.



FELICIDADES JESUS


'Los que tienen que tener miedo son los maltratadores,
no los que defendemos la paz'

Gracias Jesús, por tu aplomo y por tu coraje.
Tú eres, un referente a seguir para que, en esta sociedad,
impere la cordura y, no nos dejemos llevar por la desidia
ante hechos que nos parecen tan perversos como increíbles
en una sociedad que presume de civilizada y moderna.




A la primera señal de malos tratos llama

16 abr 2009

MALTRATADOR CERTERO,SUICIDA FRUSTRADO


Es fácil escuchar el comentario:
¿Y por qué no se quitaron la vida antes de matarlas?

El suicidio como acto libre, deliberado y personal, es una decisión que sólo quien la toma podría explicarla, circunstancia que únicamente podría darse cuando se tratase de una determinación consciente y fruto de madura reflexión. Es, por tanto, una decisión respetable, aunque a muchos repugna que la adopte el asesino justo después de haber asesinado, teniendo además en cuenta la propensión al mimetismo, a la imitación que esta clase de actos conlleva.

El energúmeno machista primero acaba con su compañera, o con toda la familia, a tiros, o a cuchilladas, o por ahorcamiento , y después se quita la vida. O al menos lo intenta, porque no siempre el suicidio del maltratador pasa de tentativa.

Por todo ello, de quien aquí se trata no es del suicida sin más, sino del asesino suicida.
Se trata de esos tres de cada diez hombres que asesinan a sus compañeras y, después de haber atentado contra los demás, atentan contra sí mismos.
Se trata de los maltratadores que, cumplida su función de exterminar a la persona amada/odiada, creen que ya pueden dar por finalizada su propia existencia pretendiendo que el público comprenda que se ha acabado su objetivo vital.
Pudiera ser que el asesino maltratador sufra una depresión instantánea y violentísima que le empuje a atentar contra su vida, pero parece más cierto que se deba a la incapacidad para enfrentarse a la sociedad después de lo que ha hecho. Hasta entonces, sus violencias, sus malos tratos, estaban ocultos tras las paredes del hogar. El asesinato hace que no pueda seguir ocultándose, porque todos a partir de ahora sabrán la clase de criminal que es.
Y esto le resulta insoportable.
Los otros, los que no dejaron la vida en el intento, pasado el trauma son capaces de arrastrarse por la vida con el peso de la muerte a cuestas.

No existe prácticamente ningún caso de arrepentimiento entre los hombres que matan a sus parejas . Incluso aunque en algún caso la defensa de los acusados llegue a solicitar que el arrepentimiento sea considerado como atenuante, casi nunca es posible. Nada en sus declaraciones ni en su actitud indica que se arrepientan.

Según el último informe elaborado por el Observatorio Estatal de la Violencia de Género, casi la mitad de los hombres (48,1%) que matan a una mujer, se suicida (20,8%), lo intenta (10,2%) o se entrega voluntariamente tras haber cometido el crímen (17'1%). El año pasado, todos estos porcentajes aumentaron: 17 homicidas se suicidaron (25%), 12 se entregaron voluntariamente (18,7%) y otros 10 agresores (un 15,2%) intentaron, dicen las estadísticas y las noticias, acabar con su vida.

Perfiles de los homicidas

La decisión que toma un homicida tras cometer el crimen depende de cómo percibe la violencia, pero también de cómo cree que la entenderá su entorno. El que está "muy integrado" socialmente y piensa que puede ser rechazado por lo que ha hecho, decide acabar con su propia vida "para evitar enfrentarse a su familia y amigos".
Sin embargo, aquellos que no tienen tantos referentes vitales y matan para "revindicar y confirmar" su comportamiento, se lesionan o se entregan voluntariamente "como último acto de refuerzo a toda su estrategia". De alguna manera, esperan ser "comprendidos o justificados".
Cuando los maltratadores llegan a matar no lo hacen por impulso, son crímenes premeditados. Toman la decisión de matar a su mujer en el momento que ven que la han perdido. Su crimen no es instrumental, no busca un beneficio. Es un crimen moral. Sólo quieren imponer su criterio, su forma de entender la identidad masculina.

Con el asesinato buscan reafirmar su posición, su identidad. No entienden los cambios en el papel de la mujer y no están dispuestos a aceptarlos. Se ve muy claro con un ejemplo: muchos de ellos se dirigen a su pareja, cuando discuten, en plural: 'Pero vosotras ¿qué os habeis creído?, dicen.

Por eso, es fundamental que los posibles agresores perciban que la sociedad les rechazará, que su entorno no les comprenderá ni sus allegados entenderán su comportamiento.

En 2004, año en el que se aprobó la Ley contra la Violencia de Género, el debate social sobre este tema se avivó, y la gente estaba "muy sensibilizada". En el 2008, muchos más homicidas se suicidaron. Sin embargo, fueron menos los que se entregaron a la policía o se autolesionaron, porque fueron menos los que entendieron que su crimen tenía justificación.

A la primera señal de malos tratos llama

3 abr 2009

REFLEXIONES DE UN ASESINO





Primer día sin verte
--¿Dónde estás?


--¿Por qué no me llamas?, ¿es que acaso te has olvidado de mí? Quizás hayas olvidado que habíamos quedado... quizás no recuerdes lo que hablamos ayer...

--¿Te llamo? ¡No... mejor espero...! no vaya a ser que mientras yo telefoneé tú lo hagas a la vez.



Segundo día sin saber de tí

--¿Por qué no me llamas? Otra vez haciéndome esta puta pregunta... ¿Por qué me haces esto? Sabes que me preocupo por ti, pero tú... ya veo. ¡Así me lo demuestras!...
--¿Te has ido con otro, verdad?... y me has dejado aquí, solo...
--Pero... ¿por qué me sigo comiendo la cabeza? ¿Por qué no sigo con mi vida y te olvido?
--Yo... ¡no puedo!... aunque en el fondo... te quiero demasiado... y...


Quinto día sin oir tu voz
--No sé dónde estás. Esta mañana he salido a repartir folletos con tu cara con tus padres por los bares y las tiendas de aquí al lado...También he ido al Centro Comercial... ¿sabes que hay más gente de la que yo podía llegar a creer que te conoce, que te recuerda? Por favor... Regresa.
--¡Llámame!

--Ya sé que soy así... ¡como soy! Que no debí hacer muchas de las cosas que he hecho. Que no debí decir que... que no me importaba lo que hicieses... ¡Venga!, si en el fondo sabes lo que siento por ti... lo que sufro si no estás a mi lado...
--Jodeer... ¡vuelve conmigo!...me estoy volviendo loco...


Décimo día
--Ya no sé dónde buscar. He recorrido calles, montañas, este "puto pueblo” y los de al lado, algunas ciudades y... no te encuentro...¡no te veo!

--¡Joder, joder, joder! Y el tiempo pasa...y salen tantas noticias últimamente en la tele que... no sé qué pensar. ¡Te quiero tanto! Por favor... no te escondas de mí. Ya sé que lo haces para hacerme sufrir... para que no me acostumbre tanto a ti, para que me dé cuenta de que no te tengo segura y de que puedes dejarme cuando tú quieras, en cualquier momento de nuestras vidas...
-¡Vuelve, por favor, vuelve... porque ya lo he aprendido!


Día trigésimo tercero (hace ya mas de un mes)
--Hoy ha salido tu foto en televisión. Te está buscando hasta el cuerpo especial de la policía nacional.
--Joder... ¡te echo de menos...!
--¿Sabes que estás muy guapa con el pelo suelto cayéndote sobre los hombros? Me encantan tus hombros. ¡Me vuelven loco!... ¿Y tu cuello, y tu boca...? Me gustaría volver a besarte pronto. ¡Te extraño!, por favor, ¡no me dejes! Me he dado cuenta de que no puedo vivir sin ti.


Trigésimo cuarto día
--También hoy sales en la prensa nacional. El País ha publicado en primera página tu fotografía. ¡Qué importante eres, jodida! Dentro de poco, cuando vuelvas, la gente comenzará a pedirte autógrafos por la calle, y después... ¿qué intimidad vamos a tener, ehhh? ¿Te parecerá bonito, no?
--Te amo.


El cuadragésimo
--Puto día de mierda. Está lloviendo y la policía ha llamado a casa de tus padres. Parece que han encontrado algo; pero yo no hago caso. ¡No te preocupes! Tú y yo sabemos que estás bien. No me voy a dejar vencer hasta encontrarte. Además, ¡tenemos tantos planes! Por cierto, tus compañeros de clase me han preguntado por ti; de hecho, Tito, que regresaba hoy de Madrid tras dos meses de estancia en la capital me ha dicho que ¿dónde te metes? Él no sabe nada todavía.
--¡A ver!... Espero verte pronto...

--Te quiero.

Día cuadragésimo segundo (lágrimas, llanto)
--Joder... ¿por qué, por qué, por qué...?

Cuadragésimo tercer día (y... "El primero")
--La pesadilla no ha hecho más que comenzar...
--Yo, yo...
--Te miro y no te reconozco Pili... No puedo hablarte como yo quisiera. Ya nunca podré abrazarte, ya nunca volveremos a compartir un café a media mañana en la facultad o disfrutar de un tierno beso al término de las clases. Y... ¿el cine? ...esas sesiones de cine que tanto nos gustaban... No quiero que te vayas....
--¡Cabrón, hijo de puuuutaaaa!

--¿No eres tú, verdad? Dime que la persona que está ahí dentro no eres tú. Miro a mi alrededor a ver si te veo entre esta negra multitud, pero...
--¡Para este teatro!, ¡para la función!...
--¡Ya no aguanto más!


Un nuevo presente (tu lápida)
--Estas son las flores que a ti tanto te gustan: Rosas blancas; y además,... ¡sorpresa!: te he traído tu conejillo de peluche preferido, con esa sonrisa y esa mirada tan dulces.

--No puedo olvidarte. ¡No voy a separarme de ti! Te quiero más que nunca...
--Lo demás... queda entre tú y yo... ¿verdad?...


PhotobucketPhotobucket

Luis Rodríguez mató a su novia, María del Pilar Paz del Pino,el día 2 de junio en su propio coche tras mantener una acalorada discusión.
Posteriormente trasladó el cuerpo en el maletero hasta una zona boscosa cercana.Todos los indicios y pruebas periciales apuntan a que Rodríguez la violó y golpeó reiteradamente.
El cadáver de la joven fue descubierto en avanzado estado de descomposición.

Luis R.G. había preparado días antes del crimen la fosa en la que finalmente enterraría el cuerpo de su novia, María del Pilar.

Una mujer de 23 años que lo único que pretendía era iniciar una nueva vida lejos de las reiteradas amenazas de su ex-novio.

Luis Rodríguez fué condenado a 20 años de cárcel por el asesinato de su novia.





A la primera señal de malos tratos llama

1 abr 2009

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

¿QUÉ ES LA VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR?



La violencia intrafamiliar es cualquier tipo de abuso de poder por parte de un miembro de la familia sobre otro. Este abuso incluye maltrato físico, psicológico o de cualquier otro tipo.

Se considera que existe violencia intrafamiliar en un hogar, si hay una actitud violenta repetitiva, no por un solo hecho aislado.
Cuando se piensa en la violencia femenina, lo primero que nos viene a la mente, son los golpes físicos. Tenemos tendencia a confundir actos de violencia llegando incluso a confundirlos como actos de amor cuando el esposo sutilmente limita a la esposa de ejercer sus derechos tales como:

Trabajar, estudiar, o simplemente aislándola de todo contacto con amigos y familiares.


De este modo viola su libertad, sometiendo a la mujer a sus “reglas” con el pretexto de “protegerla” del mundo exterior, y delimitando su mundo al cuidado de la casa y de sus hijos. Este tipo de violencia psicológica lleva consigo amenazas, insultos, humillaciones y hasta desprecios hacia la esposa, no le dan valor a su trabajo y mucho menos a sus opiniones, la mujer queda sometida a una manipulación total, hasta hacerla sentir culpable e indefensa, ayudando de esa manera al esposo a sentirse más en control y dominante sobre su esposa. Muy poca o ninguna atención le ponemos a este tipo de violencia, la mujer no puede demostrar las “heridas psicológicas” o las consecuencias a corto o largo plazo, nos encontramos muchas veces con mujeres que aparentan ser felices y realizadas, las vemos acompañadas del esposo y ni siquiera nos podemos imaginar que detrás de ese esposo “protector y amoroso” se esconde el maltrato hacia la esposa que pone una sonrisa tímida para esconder el ambiente dictatorial y malvado al que su esposo la tiene sometida.
La violencia psicológica deja heridas que nunca sanan, y es provocada por cobardes que esconden su falta de hombría enseñándole al mundo una imagen que transforman totalmente en el “macho poderoso” cuando están en su hogar, y es violento y abusivo con los seres más frágiles tales como los niños y la mujer que le fue dada como compañera.
Pero nos encontramos con actos que puede ser percibidos como la violencia que deja heridas y cicatrices visibles, violencia que empieza desde empujones hasta golpes a puño cerrado, patadas o algún tipo de arma u objeto, este tipo de violencia que no se puede esconder y la que muchas veces nos hace tomar conciencia social y jurídica va unida a la violencia psicológica y termina algunas veces en el asesinato de la esposa, dejando en la orfandad a niños que llevan por siempre la visión de la madre siendo molida a golpes, y deja a un hombre en prisión que da toda clase de excusas y razones por lo que hizo.
Sabemos entonces que la violencia de género es un fenómeno que nos alcanza de diferentes formas, se piensa que la violación sexual no ocurre detrás de las puertas cerradas de un hogar, que se dan incluso embarazos forzados.
En este siglo XXI, cuando está demostrado que las mujeres somos tan necesarias y útiles como los hombres, debemos establecer nuestros derechos y obligaciones, porque estar en una relación que nosotras queremos, no significa que debemos aceptarlo todo, tenemos derecho a decidir, porque somos personas y no objetos sometidas y a disposición de un hombre cuyos abusos sólo son para anularnos, debemos poner un alto y no permitir que nos devalúen y que nos quieran mantener al margen de y a voluntad de lo que ellos quieren, sin tomarnos en cuenta.
Es frustrante cuando la mujer denuncia al agresor y aun así, muchas veces no nos creen y esa es otra clase de violencia porque no escuchan nuestra voz. Desconocer o pretender desconocer y hasta seguir unida a un maltratador, es también estar de acuerdo con la violencia. Y no denunciarla es aceptarla y hasta fomentarla.
Escuchemos la voz de la mujer que sufre de violencia sin criticarla, orientémosla y de ser posible, guiémosla a dar los pasos necesarios y enseñémosle a respetarse, enseñémosle a descubrir que si podemos ser dueñas no sólo de nuestro cuerpo, sino también de nuestra vida y voluntad. Sólo así lograremos cambiar el mundo, nuestro pequeño mundo, libre de maltratos y consecuentemente lograremos formar también hijos respetuosos y compasivos para las generaciones futuras.


A la primera señal de malos tratos llama

Un bonsái no es un árbol que no crezca, es un árbol al que se le impide crecer, al que se le van podando ramas, cortando raíces, manipulando su crecimiento natural, a capricho absoluto de su cultivador. Pero al mismo tiempo, se va regando y cuidando con esmero para mantenerlo, porque el verdadero placer es que crezca bajo el control de sus manos y de su imaginación. Y así obtiene “su obra”. Es decir, la misma persona que va “destrozando” la planta es la misma persona que le permite que siga viva. Profesor psiquiatra forense Lorente Acosta (El efecto Bonsai)

..

LA ARMONÍA DEL SILENCIO, mi nuevo blog.

LA ARMONÍA DEL SILENCIO, mi nuevo blog.
A veces, me refugio aquí.
Related Posts with Thumbnails

DIFUNDE ESTOS BANNERS, GRACIAS